Dictamen N° 101106/2014
N° 101.106 Fecha: 29-XII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Carlos Rojas Martorell, reclamando en contra de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile, por cuanto no le habría pagado los honorarios que, a su juicio, le corresponden en virtud de las labores que realizó, en el marco de un acuerdo que esa institución celebró con la Universidad de Oregon, Estados Unidos. Requerido de informe, el Rector de la mencionada casa de estudios manifestó, en síntesis, que mantuvo un pacto de cooperación con la referida entidad extranjera, en el cual no se establecieron obligaciones específicas relativas a la materia. Agrega esa superioridad, que no ha suscrito ningún convenio a honorarios con el peticionario, sino que aquel habría sido acordado con la Fundación Instituto Politécnico de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile, persona jurídica de derecho privado distinta de ese centro educacional. Enseguida, de los antecedentes analizados, aparece que el recurrente emitió sus boletas de honorarios profesionales por los anotados servicios, a la fundación aludida, razón por la cual se colige que la situación planteada se refiere al cumplimiento de un contrato celebrado entre particulares. Por ello, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, esta Entidad de Control debe abstenerse de informar acerca de la materia de que se trata, la que, dado su carácter de litigiosa, se encuentra dentro de la esfera de competencia de los tribunales de justicia, tal como se señaló en el dictamen N° 76.116, de 2014, de este origen. Transcríbase a la Universidad de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República