Dictamen N° 10117/2011
N° 10.117 Fecha: 16-II-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo del deterioro del bastón retráctil de policarbonato, de cargo de la 1ª Comisaría Tomé, que portaba el funcionario de esa institución policial, señor Alex Adolfo Orellana Ibáñez, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 31 de julio de 2010, el aludido servidor, junto a otros empleados, efectuaba la detención de dos individuos, momento en el cual se percató que su bastón retráctil se había caído, el que, accidentalmente, fue pisado por otro funcionario policial, resultando quebrado en su empuñadura. La situación descrita produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, de acuerdo con la resolución N° 810, de 2010, del Departamento Armamento y Municiones, que rola a fojas 73 del expediente adjunto, asciende a la suma de US$30 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (equivalente a $15.671), determinando la Dirección Nacional de Logística, mediante su orden N° 235, de 2010, incorporada a fojas 72 de autos, dar de baja la referida especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354 de 1985 y 28.164 de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor Alex Adolfo Orellana Ibáñez, por el deterioro del mencionado bastón retráctil. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República