Dictamen N° 10122/2018
N° 10.122 Fecha: 18-IV-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Fuerza Aérea, solicitando la reconsideración del alcance formulado al tomar razón de la resolución N° 10.456, de 2017, en atención a que, según expone, aquel no sería procedente. Sobre el particular, cabe recordar que a través del oficio N° 39.679, de 2017, de esta Entidad de Control, se cursó la referida resolución, mediante la cual se declaró que el fallecimiento del señor Nelson Parraguez Cáceres ocurrió como consecuencia de un acto determinado del servicio, en el entendido de que a través de ese instrumento se otorgó una pensión a sus causahabientes, conforme con lo previsto en el artículo 6°, N° 17, de la resolución N° 10, de 2017, de esta procedencia, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Ahora bien, de un nuevo estudio de la materia, corresponde rectificar el oficio en comento, únicamente en el entendido de que la toma de razón del mencionado instrumento, se fundamentó en lo dispuesto en el artículo 6°, numeral 14, de la citada resolución N° 10, de 2017, que somete a dicho examen preventivo de juridicidad a los actos administrativos a través de los cuales se declara un accidente como ocurrido en actos del servicio, cuando de este derive el otorgamiento de una pensión. En consecuencia, se rectifica, en los términos expuestos, el citado oficio N° 39.679, de 2017, de este origen. Devuélvase a la Fuerza Aérea el expediente acompañado, compuesto de un tomo. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Diego Cartes Saavedra Jefe de Departamento (S) de Previsión Social y Personal