Dictamen CGR

Dictamen N° 101540/2014

2014-12-30 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. No procede pago de asignación por cambio de residencia, cuando tal destinación obedeció a una petición voluntaria del funcionario

N° 101.540 Fecha: 30-XII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Marcelo Antonio Rojas Soissa, funcionario de la Dirección General de Aeronáutica Civil, para solicitar un pronunciamiento que determine el derecho que, en su opinión, le asistiría para percibir la asignación por cambio de residencia, debido a su destinación a la Antártica Chilena. Requerido su informe, ese organismo manifestó, en síntesis, que el traslado de que se trata fue a solicitud del peticionario, por lo que no procedería disponer el pago de la aludida asignación. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 185, letra e), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas -aplicable a esa institución de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 20 y 21 de la ley N° 16.752-, previene que los empleados podrán percibir el referido estipendio cuando para asumir el cargo o cumplir una nueva destinación, se vean obligados a cambiar su residencia habitual. Agrega que si el traslado se dispone a solicitud expresa del servidor, no generará tal derecho. Ahora bien, en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que mediante el oficio N° 1.097, de 2012, de la aludida dirección, se informaron los requisitos que debían cumplir los interesados en postular para ser destinados a la Antártica Chilena, cuyo punto VI, N° 2, señalaba que dicho traslado sería de carácter voluntario y con una duración de un año. En consecuencia, atendido que el cambio de residencia que afectó al señor Rojas Soissa, fue a consecuencia de una petición voluntaria de aquel, cabe concluir que no le asiste el derecho a percibir la asignación que reclama. Finalmente, en relación a la denuncia de discriminación, que en opinión del recurrente le afectaría, puesto que la Dirección General de Aeronáutica Civil, tendría un trato diferente con los funcionarios de regiones destinados a la Antártica Chilena, se debe mencionar que no se adjunta ningún documento que permita determinar la veracidad de esta denuncia, lo que impide emitir, en esta oportunidad, un pronunciamiento al respecto. Transcríbase a la Dirección General de Aeronáutica Civil. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República