Dictamen CGR

Dictamen N° 101721/2014

2014-12-31 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 101.721 Fecha: 31-XII-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2967, conducido por su funcionario, señor Leonel Alejandro Murillo Murillo, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 26 de julio de 2012, mientras el aludido servidor se trasladaba en el referido vehículo por la calle Juan de Bastías, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, en persecución de un vehículo particular que había eludido una fiscalización, fue colisionado en la parte posterior por otro móvil policial, cuyo chofer se percató tardíamente de la maniobra de desaceleración y detención efectuada por el señor Murillo Murillo, lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 159, de 2012, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local Centro Norte. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 104, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $720.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Leonel Alejandro Murillo Murillo, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2967; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República