Dictamen CGR

Dictamen N° 101971/2015

2015-12-29 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Genera Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Imparte instrucciones a las empresas públicas, sociedades del Estado e institutos tecnológicos Corfo sobre el ejercicio contable año 2016

N° 101.971 Fecha: 29-XII-2015 La Contraloría General de la República, en uso de las facultades que le confiere el artículo 98 de la Constitución Política de la República y su ley N° 10.336, Orgánica Constitucional, en materia de contabilidad general de la Nación, ha estimado pertinente dirigirse a Ud., con el objeto de que se sirva remitir, trimestral y anualmente, la información que a continuación se indica: 1. Estados Financieros · Estado de Situación Financiera: comparativo con el Estado de Situación Financiera anual del ejercicio anterior. · Estado de Resultados Integrales: para el período sobre el que se esté informando (trimestre respectivo) y el acumulado para el período contable hasta la fecha, comparativos con los períodos correspondientes del ejercicio anterior, respectivamente. · Estado de Flujos de Efectivo: acumulado hasta la fecha del ejercicio correspondiente, comparativo con igual período del ejercicio anterior. · Estado de Cambios en el Patrimonio Neto: acumulado hasta la fecha del ejercicio correspondiente, comparativo con igual período del ejercicio anterior. · Notas Explicativas a los Estados Financieros. Cabe mencionar, que los registros contables de la entidad deberán concordar con los saldos declarados en los estados financieros antes singularizados, los que se presentarán de acuerdo a la siguiente calendarización: a) Marzo: Sesenta (60) días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario, es decir, hasta el 30 de mayo de 2016. b) Junio: Setenta y cinco (75) días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario, es decir, hasta 13 de septiembre de 2016. c) Septiembre: Sesenta (60) días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario, es decir, hasta el 29 de noviembre de 2016. d) Diciembre: Noventa (90) días contados desde la fecha de cierre del ejercicio anual, es decir, hasta el 31 de marzo de 2017. 2. Situación Presupuestaria Se ha considerado necesario que se informe el presupuesto actualizado, presupuesto inicial de ingresos y gastos, que haya sido aprobado para esa entidad, y sus respectivas modificaciones, en la moneda funcional en la cual es aprobado, como asimismo su ejecución mensual y acumulada al trimestre que se está presentando, la cual debe ser enviada en las mismas fechas establecidas para la entrega de los estados financieros, ajustándose a la estructura, términos y modalidades, que sobre esta materia se establecen en las instrucciones y formularios que se adjuntan. Cabe precisar que para todos los subtítulos que contengan un ítem o asignación denominada "Otros", y cuyo monto sea mayor o igual al 20% del total del subtítulo, se deberá presentar un detalle de su composición. Lo anterior está referido a lo siguiente: INGRESOS Subtítulo Item Asignación 06 Transferencias 62 Del Sector Público 004 Otras 07 Otros Ingresos 79 Otros GASTOS Subtítulo Ítem Asignación 21 Gastos en Personal 02 Remuneraciones Variables 004 Otras Remuneraciones Variables 04 Directorio 003 Otros Gastos Directorio 05 Otros Gastos en Personal 23 Bienes y Servicios Para Producción 26 Servicios 005 Otros Servicios 29 Gastos Generales 004 Otros Gastos Generales 24 Desahucios y Otras Indemnizaciones 30 Anticipos, Finiquitos y Otros 003 Otras Indemnizaciones de Cargo del Fisco 25 Transferencias Corrientes 33 Transferencias a Entidades Públicas 003 Otras 34 Transferencias al Fisco 005 Otros Impuestos 3 . Informe de la Gestión Financiera del Estado La Contraloría General de la República, en conformidad con lo establecido en el artículo 142 de su ley Orgánica antes citada, debe preparar anualmente el Informe de la Gestión Financiera del Estado. Para tal efecto, este Organismo Contralor solicita a las Empresas Públicas y a los Institutos Tecnológicos CORFO, la presentación del Balance General y el correspondiente Estado de Resultados Comparativo practicados por la entidad a su cargo, al 31 de diciembre de 2015 y 2016, a más tardar el 31 de enero de 2017, aun cuando a esa fecha no se encontraren auditados. Del mismo modo, se ha considerado necesario que se informe sobre el presupuesto de ingresos y gastos totales, en la misma moneda funcional en la cual es aprobado su presupuesto, como asimismo de su ejecución. 4. Estados Financieros Anuales de Filiales Las empresas, sociedades o entidades públicas o privadas en que las Empresas Públicas o Sociedades del Estado tengan aportes de capital mayoritario o en igual proporción, o, en las mismas condiciones, representación o participación deberán remitir de manera anual los estados financieros definidos en el punto 1. Por tal motivo, este Organismo Contralor solicita a las filiales de las entidades incluidas en estas instrucciones, la presentación de sus Estados Financieros a más tardar el 31 de Marzo de 2017. La precitada información debe ser remitida a este Organismo Contralor, a través del Sistema de Recepción de Estados Financieros (SIREF) el cual ha sido habilitado para estos efectos en el sitio web institucional, www.contraloria.cl , banner Contabilidad Pública/Empresas del Estado/sección Sistemas/módulo SIREF. Finalmente, las consultas que deseen formularse al respecto, podrán ser comunicadas directamente al Área de Empresas Públicas y Universidades de la División de Análisis Contable de esta Contraloría General, a 11 través de los teléfonos 224021287, 224025547 y 224021299 o al correo electrónico contabilidadempresasacontraloria.cl. Saluda atentamente a Ud.. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República