Dictamen N° 10461/2011
N° 10.461 Fecha: 18-II-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 977, de 2010, del Ministerio de Justicia, mediante el cual se autoriza el trato directo y se aprueba el contrato con la empresa “Funeraria del Hogar de Cristo Limitada”, pero cumple con hacer presente que la mencionada Secretaría de Estado deberá adoptar las medidas conducentes a obtener de las entidades correspondientes, la cuota mortuoria u otros beneficios análogos a que pudieren haber tenido derecho los causantes. Por otra parte, es necesario manifestar -acorde con lo informado por esta Entidad Fiscalizadora mediante los dictámenes N°s. 10.830 y 25.927, ambos de 2010, entre otros-, que el referido Ministerio debe arbitrar las medidas tendientes a que las enmiendas que se efectúen a los actos administrativos que han sido retirados del trámite de toma de razón y que posteriormente son reingresados a dicha tramitación en este Organismo de Control -como ocurre en la especie-, sean salvadas al margen de cada una de ellas mediante timbre y media firma de la autoridad o ministro de fe competente, con el objeto de velar por la integridad y autenticidad del acto, y a fin de que exista constancia de que el jefe superior del respectivo Servicio haya dispuesto o tomado conocimiento de las mismas. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante