Dictamen N° 104934/2025
N° E104934 Fecha: 24-06-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual Gendarmería de Chile aprueba las bases administrativas para contratar la modernización del sistema electrónico de seguridad del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, no obstante, es necesario que esa entidad licitante precise, en el Sistema de Información y Gestión Compras y Contrataciones del Estado, en la respectiva etapa de aclaraciones, que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la ley N° 19.886, los proponentes deben encontrarse hábiles en el Registro de Proveedores al momento de ofertar, lo que se ha omitido señalar en el artículo 2° de ese pliego de condiciones. En la misma oportunidad, deberá aclarar que en la especie no resulta pertinente lo indicado en el párrafo segundo del artículo 2° de dichas bases, en lo relativo a que los oferentes deben dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 35 septies de la ley N° 19.886 para poder participar en la licitación de que se trata, atendido que esa norma regula las inhabilidades para formar parte del Registro de Proveedores. En igual ocasión, esa entidad licitante deberá precisar que, en conformidad a lo previsto en el artículo 52 de la citada ley, la escritura pública de constitución de la Unión Temporal de Proveedores debe acompañarse al momento de ofertar en el referido proceso licitatorio, y no solo para la suscripción del contrato, como se consigna en los artículos 7°, numeral I, y 24, numeral IV de las bases. Asimismo, corresponde que aclare que se pondrá término anticipado al contrato en el caso que al contratista se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en el artículo 33 de la ley N° 21.595. Por último, cumple con hacer presente que la referencia indicada en el párrafo final del N° 6 del artículo 13, debe entenderse hecha a las políticas o programas de sustentabilidad ambiental y no al programa que allí se indica. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo individualizado en el epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Cristian Patricio Oliver Gómez Jefe de la División Jurídica