Dictamen CGR

Dictamen N° 10528/2016

2016-02-10 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Plazo para solicitar la calidad de exonerado político se encuentra vencido desde el 30 de junio de 2004

N° 10.528 Fecha: 10-II-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Eudaldo Armin Castro Fernández, exonerado político de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, para solicitar que se determine que posee la misma calidad en relación a su desempeño en la Universidad Austral, para obtener una pensión no contributiva. Requerida al efecto, la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública manifestó, en síntesis, que el recurrente fue calificado como tal por su cese de la aludida dirección de vialidad, pero no pudo acceder a una pensión no contributiva, por no contar con los mínimos legales de cotizaciones. Agrega, que en esa petición no hizo referencia a su cargo en la Universidad Austral, por lo que el término para reclamar por aquellas labores se encuentra vencido. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 7° de la ley N° 19.234, establece que para acreditar la calidad de exonerado político que tratan los artículos 3° y siguientes, los interesados deberán presentar una solicitud dirigida al Presidente de la República, por intermedio del actual Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dentro del plazo de un año contado a partir de la fecha de publicación de esa ley, extendiéndose este, primitivamente, desde el 12 de agosto de 1993 hasta el 11 de agosto de 1994, indicando en dicha petición las circunstancias del cese. Enseguida, con la dictación de la ley N° 19.582, se abrió un nuevo lapso para reclamar, comprendido entre el 31 de agosto de 1998 y el 1 de septiembre de 1999. Finalmente, se dispuso un nuevo y último término en la ley N° 19.881, que abarco entre el 1 de julio del 2003 y el 30 de junio del 2004. Ahora bien, de acuerdo a lo informado, no consta que el señor Castro Fernández haya mencionado en su solicitud de exoneración cómo su condición política afectó sus labores en la Universidad Austral, sino hasta el año 2015, por lo cual los plazos establecidos en las leyes citadas se encuentran latamente vencidos. En consecuencia, no resulta procedente acoger a tramitación la petición del señor Castro Fernández. Transcríbase a la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, al Instituto de Previsión Social y a la Contraloría Regional de Los Ríos. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General Subrogante