Dictamen CGR

Dictamen N° 10650/2026

2026-01-16 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 56, de 2025, de la Jefatura Nacional de Logística y Grandes Compras de la Policía de Investigaciones de Chile

N° OF10650 Fecha: 16-01-2026 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el trato directo para la contratación del servicio de redes y telecomunicaciones, pero cumple con hacer presente que se trata de una regularización, en atención a la fecha de inicio de la prestación de los servicios, señalada en la cláusula cuarta del acuerdo de voluntades -17 de mayo de 2025- y la de suscripción de este -12 de diciembre de igual anualidad-. Por otro lado, cabe señalar que, conforme a lo señalado en la cláusula decimosexta de la convención, según la cual los incumplimientos leves conllevan la aplicación de multas, se entiende que los porcentajes de valor mensual que se detallan en la última columna de las tres primeras tablas de la letra b) de la cláusula decimoquinta son, en efecto, las fórmulas de cálculo de las multas que corresponderá aplicar para el caso de que el proveedor incurra en los supuestos previstos en esas mismas tablas, lo que se omitió precisar en el acuerdo de voluntades. Finalmente, es útil precisar que, de conformidad con lo establecido en el inciso primero del artículo 133 del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, el pago al proveedor deberá efectuarse dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, sin que corresponda contabilizar ese plazo desde la emisión del documento, como se señala erradamente en el inciso final de la cláusula novena del contrato en estudio. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República