Dictamen N° 10706/2016
N° 10.706 Fecha: 10-II-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo realizado con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-6189, conducido por su funcionario, señor Paulo Antonio Pérez Gutiérrez, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación tenida a la vista, aparece que el día 10 de febrero de 2015, ese servidor, junto con otros empleados, mientras se desplazaba en el referido móvil por calle Alessandri, en la comuna de Santa Cruz, divisó a una persona acusada de cometer el delito de amenaza, logrando su detención, y al intentar ingresarla a ese vehículo, aquella golpeó con su pie y su cabeza la puerta del calabozo, abollándola. Los deterioros ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 9, de 2015, del Mecánico de la Prefectura Colchagua, ascendieron a la suma de $70.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Paulo Antonio Pérez Gutiérrez, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-6189. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General Subrogante