Dictamen CGR

Dictamen N° 10722/2010

2010-02-25 · Servicios de utilidad pública y regulación sectorial · general · Vigente
Sumario. Sobre resoluciones de la Intendencia Regional de Magallanes y Antártica Chilena, aprobatorias de contratos para el otorgamiento de un subsidio a la prestación de servicios de transporte público urbano en Punta Arenas

N° 10.722 Fecha: 25-II-2010 La Contraloría Regional de Magallanes y Antártica Chilena, solicita un pronunciamiento en orden a la legalidad de las resoluciones N°s. 16, 17, 18, y 19, de 2009, de la Intendencia Regional de Magallanes y Antártica Chilena, aprobatorias de contratos para el otorgamiento de un subsidio a la prestación de servicios de transporte público urbano en Punta Arenas, en virtud, según aparece de las mismas y de las bases respectivas, de lo dispuesto en la letra a) del artículo 5° de la ley N° 20.378. Al respecto, cumple manifestar que no procede tomar razón de las resoluciones antes citadas, por cuanto para el otorgamiento de los subsidios de que se trata resulta menester -de conformidad con la aludida ley N° 20.378, que crea un subsidio nacional para el transporte público remunerado de pasajeros- la dictación de diversos reglamentos, particularmente el previsto en el inciso segundo de la mencionada letra a) de su artículo 5° -con arreglo al cual “El Programa de Apoyo al Transporte Regional será administrado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y las normas necesarias para la distribución de recursos entre proyectos, su implementación y operación estarán contenidas en un reglamento especial dictado para esos efectos por el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones y suscrito, además, por el Ministro de Hacienda”- reglamentos que a la fecha no se encuentran vigentes. Adicionalmente, debe observarse la imputación “a la cuenta de “Fondos de Administración de Terceros””, contenida en las resoluciones, por cuanto la normativa no ha previsto esta modalidad respecto del subsidio de la especie. Por último, se hace notar que no se advierte el sentido de la cita al artículo 16 de la ley N° 18.091, que se incluye en los Vistos de los documentos que se informan. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Abogado Jefe División de Infraestructura y Regulación