Dictamen N° 107247/2021
N° E107247 Fecha: 20-V-2021 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de ejercer el control previo de juridicidad del acto administrativo del rubro, atendido que como expresamente se señala en el punto 2° de su parte resolutiva, aquel no modifica la transferencia aprobada a través del decreto N° 117, de 2020, del Ministerio de Energía, por lo que, en atención a su materia, se encuentra exento del trámite de toma de razón, acorde con lo dispuesto en la resolución N° 7, de 2019, de este Órgano de Control (aplica criterio del oficio N° 58.156 de 2015, de este origen). Por consiguiente, se remite adjunto el mencionado documento, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el artículo 22 de la referida resolución N° 7. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República María Soledad Frindt Rada Jefa de División