Dictamen CGR

Dictamen N° 10741/2013

2013-02-15 · Salud pública y personal de salud · general · Vigente
Sumario. Funcionaria del Complejo Hospitalario San José que se desempeñó en forma continua durante el año de cumplimiento de metas y está en servicio a la fecha de pago, tiene derecho al entero de la asignación del artículo 83 del D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud

N° 10.741 Fecha: 15-II-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Solange Moreno Rodríguez, contratada en el escalafón técnico del Complejo Hospitalario San José, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, para solicitar un pronunciamiento que determine si le asiste el derecho a percibir el bono de desempeño colectivo durante el año 2012, atendido que, según lo que a ella se le habría informado, en dicha anualidad tendría una discontinuidad en la prestación de sus servicios. Como cuestión previa, cabe indicar que esta Entidad de Control entiende que la consulta de la interesada dice relación con la asignación de acreditación individual y estímulo al desempeño colectivo, establecida en el artículo 83 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. Precisado lo anterior, es dable anotar, que se solicitó informe al mencionado centro de salud, el que, no obstante, a la fecha no ha sido evacuado, razón por la cual, y dado el tiempo transcurrido, este Órgano de Control emite el pronunciamiento solicitado sin dicho antecedente. Sobre el particular, es útil recordar que la citada norma estableció la referida asignación, para el personal perteneciente, entre otras, a la planta técnica de los servicios de salud, que se haya desempeñado sin solución de continuidad, durante todo el año objeto de la evaluación del cumplimiento de metas fijadas, y que se encuentre, además, en funciones al momento del pago de la pertinente cuota, esto es, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. Ahora bien, de los antecedentes que obran en esta Entidad de Control aparece que la señora Moreno Rodríguez se desempeñó en el citado establecimiento durante todo el año 2011 -anualidad de cumplimiento de metas- y, además, durante todo el año 2012, data de pago de la referida asignación, cumpliendo, por ende, las exigencias para el entero del referido estipendio. Atendido lo expuesto y no advirtiéndose en la especie la discontinuidad laboral a que alude la peticionaria, corresponde que el citado centro de salud revise la situación de la servidora, y pague las sumas que en tal concepto le correspondan, en caso de no haberlo hecho. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante