Dictamen CGR

Dictamen N° 10801/2016

2016-02-10 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 10.801 Fecha: 10-II-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo realizado con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2775, conducido por su funcionario, señor Esteban Antonio Hernández Parra, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 13 de julio de 2012, mientras ese servidor permanecía detenido con el referido vehículo en la berma de la Ruta 68, en la comuna de Curacaví, fue chocado por la motocicleta policial M-4570, debido a que su chofer -señor Antolín Sebastián Sepúlveda Carrasco-, se desplazaba no atento a las condiciones del tránsito del momento, percatándose tardíamente de la presencia y proximidad del otro móvil fiscal, lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 149, de esa anualidad, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante la 5 a Fiscalía Militar de Santiago. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, en el caso del automóvil RP-2775, según el certificado N° 302, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $715.600, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Esteban Antonio Hernández Parra, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2775; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General Subrogante