Dictamen N° 10806/2016
N° 10.806 Fecha: 10-II-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños causados en el furgón fiscal Z-6359, conducido por su funcionario, señor Jaime Andrés Villa Cáceres, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 23 de mayo de 2013, ese servidor, acompañado de otros empleados, concurrió en el citado vehículo hasta la intersección de la calle Nicanor Molinares con el Pasaje Islas Vírgenes, en la comuna de Pudahuel; una vez en el lugar, y en el instante en que procedían a detener a un individuo que ingería alcohol en la vía pública, un grupo de pobladores comenzó a lanzar elementos contundentes y piedras en contra del personal policial, una de las cuales impactó el vidrio de la puerta izquierda de ese móvil. Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 65, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $166.898, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, según se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Jaime Andrés Villa Cáceres, por los daños causados en el furgón fiscal Z-6359. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General Subrogante