Dictamen N° 109875/2021
N° E109875 Fecha: 31-V-2021 La Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba el convenio ad-referéndum N° 2 modificatorio del estudio de ingeniería de detalle “Mejoramiento ruta T-350 Cutipay – Acceso Norte a Niebla, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos”, por cuanto en el pacto no se contiene el fundamento del aumento de plazo para la ejecución de los ítems 2.16 y 2.17 -Presentación Participación Ciudadana y Video Animación (Formato HD) respectivamente- que se evidencia en el Anexo N° 10 “Cronograma de actividades modificado” y en la tabla de la cláusula primera del acuerdo. Cabe añadir, que en el párrafo final de la cláusula tercera resulta poco claro utilizar, en lo que interesa, la expresión “Auméntese efectivamente el monto de los ítem a suma alzada…”, ni su sentido y alcance conforme al contenido de la misma cláusula. Luego, no fue remitida la totalidad de los antecedentes requeridos para el análisis del documento, a saber, aquellos que den cuenta de la primera modificación de la consultoría -aprobada por la resolución exenta N° 462, de 2020, de esa dirección- y copia del presupuesto de la oferta económica de la consultora -esencial para validar los aumentos, disminuciones e ítems incorporados-. Por último, acerca de la incorporación del ítem 2.25 -Ensayes REMI Determinación Vs30- y lo anotado en sus términos de referencia del Anexo N°1, debe hacerse presente que el artículo 2° del decreto N° 61, de 2011, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que Fija el Diseño Sísmico de Edificios, establece, en lo que importa, que las disposiciones fijadas en ese decreto no serán exigibles para obras civiles como puentes, cuyo diseño deberá ajustarse a lo dispuesto en la normativa legal, reglamentaria y técnica correspondiente. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Gunther Vargas Zincke Jefe de División