Dictamen N° 1106/2013
N° 1.106 Fecha: 8-I-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2912, conducido por su funcionario, señor Luis Valdés Covili, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes acompañados, aparece que el día 6 de junio de 2012, ese servidor, acompañado de otros empleados, concurrió en el citado vehículo a la intersección de las calles San Diego y Maule, en la comuna de Santiago, a verificar desórdenes en la vía pública, una vez en el lugar, un grupo de manifestantes comenzó a lanzar trozos de ladrillo y piedras en contra del aludido móvil, resultando éste con un vidrio quebrado. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 277, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $77.350, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Luis Valdés Covili , por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2912. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República