Dictamen N° 11359/2017
N° 11.359 Fecha: 04-IV-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 6, de 2017, del Ejército de Chile, que delega las atribuciones que indica, relativas a la administración de recursos del patrimonio de afectación fiscal del Comando de Bienestar en el Jefe Administrativo y Logístico del Estado Mayor General de esa institución castrense, por cuanto no se ha dado cumplimiento a lo señalado en el inciso primero del artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, en virtud del cual los actos administrativos afectos deben ser remitidos conjuntamente con los antecedentes que les sirven de fundamento. En efecto, no obstante haberse solicitado, se ha omitido adjuntar el documento señalado en el N° 7 de los Vistos, individualizado como EMGE JAL DEPTO IV FIN ADQ (P) N° 4090/15, de fecha 26 enero de 2017, el cual, además es citado en el considerando N° 8, indicándose que consiste en la solicitud de delegación que realiza el Jefe Administrativo y Logístico del Estado Mayor General del Ejército para utilizar dineros provenientes del patrimonio de afectación fiscal para ejecutar la remodelación del gimnasio EEB. A su vez, cumple con manifestar que el referido documento, tal como ya se señaló, está citado en el N° 7 de los Vistos del acto administrativo en estudio y no como se indica en el N° 8 de su parte considerativa. Finalmente, se debe hacer presente que, conjuntamente con el original del instrumento sometido a control de legalidad, se deben remitir las transcripciones respectivas, debidamente autorizadas por el competente ministro de fe, y no como aconteció en esta oportunidad, en que se adjuntaron dos simples fotocopias de la resolución en análisis. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo en estudio. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República