Dictamen CGR

Dictamen N° 11407/2012

2012-02-24 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre aprobación de plazos de reintegros de pensiones mal percibidas por imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional

N° 11.407 Fecha: 24-II-2012 Mediante el oficio N° 21, de 2012, la Jefa del Departamento de Pensiones de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, ha enviado las resoluciones internas N°s. 95 a 98, de 2011, fijando los montos y plazos de devolución de las sumas adeudadas por los imponentes que en cada caso se indican, por concepto de pensiones percibidas indebidamente, con la finalidad de obtener la aprobación correspondiente por parte de esta Entidad Fiscalizadora. Al respecto, los dictámenes N°s. 60.653, de 2005, y 35.877, de 1968, de este Organismo de Control, establecen las instrucciones para que dicha Institución efectúe directamente los descuentos a las pensiones de retiro por ese concepto, pudiendo conceder hasta un máximo de 72 mensualidades, debiendo enviar mensualmente a este Órgano Contralor, para su aprobación, la nómina de descuentos a efectuarse, e indicando los montos de las deudas, de la pensión y de las cuotas que se propone otorgar. En consecuencia, esta Contraloría General aprueba los montos y plazos propuestos en las resoluciones internas mencionadas, para que las personas que en ellas se individualizan procedan a restituir las sumas que adeudan a raíz del cobro indebido de pensiones, conforme a lo informado en el referido dictamen N° 60.653, de 2005. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

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