Dictamen CGR

Dictamen N° 11549/2019

2019-04-26 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución Nº 5, de 2019, de la Dirección de Obras Portuarias

N° 11.549 Fecha: 26-IV-2019 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba la liquidación final del contrato “Conservación emergencia localidad de Pisagua, comuna de Huara", y que ha sido firmado por el Director de Obras Portuarias, con el visto bueno de la Directora General de Obras Públicas, pero cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, los actos administrativos deben consignar al pie de las respectivas rúbricas la individualización de la autoridad correspondiente. Asimismo, se deberá procurar que las comisiones de recepción de las obras, al efectuar tal actuación reflejen en el presupuesto de las obras recibidas, las cantidades efectivamente ejecutadas, y no como ocurrió en la especie en que no se consignaron los ajustes en dicho documento, sin perjuicio, por cierto, de las regularizaciones que haya que efectuar con posterioridad a tal recepción (aplica oficio N° 2.344, de 2019, de este origen). Además, corresponde indicar que la fecha de término de la obra se deberá consignar en el acta de recepción provisional o única, según lo establecido al efecto, en el artículo 166 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas. Por último, el número correcto de la resolución exenta que se cita en el punto 2 del acta de liquidación aprobada en el resuelvo N° 2, es 304, y no como allí se consigna. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División División de Infraestructura y Regulación

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