Dictamen CGR

Dictamen N° 11567/2010

2010-03-02 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Sobre bono previsto en la ley 20305

N° 11.567 Fecha: 02-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Claudio Pederneras Burgos, funcionario del Servicio de Salud Metropolitano Sur, para solicitar un pronunciamiento acerca del derecho que le asistiría para acceder al bono contemplado en la ley N° 20.305, considerando que durante 23 años se desempeñó en la Fundación Hospital Parroquial de San Bernardo, y que a contar del mes de abril de 2010, haría efectivo su cese de servicios. Sobre el particular, es menester expresar que el artículo 1° de la citada ley N° 20.305, establece un bono de naturaleza laboral para el personal que, a su entrada en vigencia -1 de enero de 2009- desempeñe un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los órganos y servicios públicos regidos por las normas que se señalan, entre los cuales se encuentran los Servicios de Salud. Luego, el artículo 2° del texto legal en estudio, previene que para acceder a la referida bonificación será necesario, entre otros requisitos, acreditar, a lo menos, 20 años de servicios en las instituciones que se señalan o sus antecesores legales, a la fecha de la publicación de la ley. Ahora bien, de la documentación analizada, aparece que el ocurrente ingresó al Hospital El Pino, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur, el 9 de agosto del año 1996, teniendo a la fecha, 13 años de servicios útiles para los fines que interesan, pues el tiempo desempeñado con anterioridad en el Hospital Parroquial de San Bernardo, cuya naturaleza jurídica es la de una entidad privada, como lo ha reconocido este Órgano de Control en sus dictámenes N os 12.081, de 1997 y 4.604, de 2008, entre otros, no es válido para acceder a la bonificación que se pretende. En consecuencia, atendido que el ocurrente no cumple con el requisito de tener, a lo menos, 20 años de servicios, es dable concluir que no tiene derecho a percibir el bono que establece la ley N° 20.305. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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