Dictamen CGR

Dictamen N° 11582/2010

2010-03-02 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Instituto de Previsión Social debe adoptar las medidas conducentes a reliquidar pensión no contributiva de exonerada política, correspondiendo asimilarla al grado 12 de la E.U.S., y no al 15 como fue concedida

N° 11.582 Fecha: 02-III-2010 La Contraloría Regional del Bío-Bío ha remitido la presentación de doña Flor María Bravo Vigueras, ex funcionaria del antiguo Servicio de Correos y Telégrafos, exonerada política, para solicitar la reliquidación de su pensión no contributiva, por gracia. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social cumplió con remitir el expediente de la interesada. Sobre el particular, cabe manifestar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que por medio de la resolución Nº 11.434, de 2007, del Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerada política de la reclamante y se le concedió una jubilación por un monto inicial mensual de $286.186.-, a contar del 1 de enero de 2004, la que fue determinada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 132 del D.F.L. N° 338, de 1960, la letra b) del artículo 2° de la ley N° 18.263 y el inciso segundo del artículo 12 de la ley Nº 19.234, asimilando a la peticionaria, a marzo de 1990, al grado 15 de la Escala Única de Sueldos, considerando 25 años y 8 meses de cotizaciones en la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, y 10 años, 9 meses y 7 días del abono establecido en el inciso noveno del artículo 12 del precitado texto legal. Ahora bien, luego de un nuevo estudio de los documentos que obran en poder de este Organismo de Control, se ha podido comprobar que a la recurrente le asiste el derecho a reliquidar el beneficio previsional en comento en el grado 12 del referido orden remuneratorio. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, el Instituto de Previsión Social deberá adoptar las medidas conducentes a reliquidar del modo señalado la pensión objeto del presente examen, para cuyos efectos se devuelve el expediente acompañado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República