Dictamen N° 11695/2014
N° 11.695 Fecha: 17-II-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo del extravío de un bastón retráctil que estaba bajo la custodia de su funcionario, señor Luis Iván Carvajal Gaete, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 7 de febrero de 2012, el aludido servidor, acompañado de otros empleados, concurrió hasta la Ruta 5 Sur, a la altura del km. 160, en la comuna de Chimbarongo, a verificar una denuncia por personas que circulaban a caballo sin montura ni jáquima, una de las cuales, al ver la presencia policial, se dio a la fuga, iniciando el señor Carvajal Gaete su persecución, percatándose, con posterioridad a la aprehensión de aquélla, que no portaba dicho bien, el que se le habría caído durante ese proceso de arresto. Los daños producidos al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 2945265, de 2013, de la Prefectura Colchagua, ascendieron a la suma de US$ 30 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $14.439), resolviendo la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 1, de 2014, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Luis Iván Carvajal Gaete, por el extravío del mencionado bastón retráctil. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante