Dictamen N° 11740/2013
N° 11.740 Fecha: 20-II-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 145, de 2012, del Comité Innova Chile, mediante la cual se aprueba la modificación del convenio que indica, pero cumple con hacer presente que de los antecedentes acompañados aparece que la prórroga del plazo de ejecución del proyecto -a que se refiere dicho pacto modificatorio- fue solicitada a la Corporación de Fomento de la Producción-CORFO-, el 18 de agosto de 2011, siendo suscrito el mencionado acuerdo de voluntades el 23 de julio de 2012, y sancionado por el instrumento en curso el 3 de octubre de este último año, extendiéndose el término para la realización de las actividades hasta el 11 de septiembre de la misma anualidad, en circunstancias que la aprobación administrativa de la aludida convención y su consecuente tramitación son posteriores. Lo anterior, no se aviene a los artículos 3°, inciso segundo, y 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que imponen a los Órganos de la Administración del Estado el deber de accionar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites del procedimiento. Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, ese servicio deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que sus actos administrativos se dicten y envíen a trámite de toma de razón en su debida oportunidad, especialmente cuando ellos deban producir sus efectos en una determinada fecha, tal como ocurre en la especie. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante