Dictamen CGR

Dictamen N° 11844/2015

2015-02-12 · Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 11.844 Fecha: 12-II-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en la camioneta fiscal AP-1601, conducida por su funcionario, señor Fernando González Contreras, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 7 de enero de 2014, mientras ese servidor permanecía con el aludido móvil detenido ante la luz roja del semáforo existente en la intersección de la Avenida Ogana y calle Campo Alegre, en la comuna de Coyhaique, fue chocado en la parte posterior por un furgón particular, cuyo chofer manejaba a una velocidad no razonable ni prudente y, además, no atento a las condiciones del tránsito del momento, lo que la Sección de Investigación de Accidentes en el Tránsito Aysén, en su oficio N° 1, de 2014, estableció como causa del siniestro, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 488, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $1.963.500, siendo esa especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Fernando González Contreras, por los daños ocasionados en la camioneta fiscal AP-1601; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante