Dictamen N° 119176/2021
N° E119176 Fecha: 5-VII-2021 Esta Contraloría General no ha dado curso al documento individualizado en el rubro, que otorga una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Papirua, región del Maule, por cuanto de los antecedentes remitidos no es posible establecer que la asignataria de la concesión en examen hubiere presentado su postulación al respectivo concurso dentro del plazo establecido en el artículo 11 de las Bases Generales que regularon dicho proceso, aprobadas por la resolución exenta N° 2.161, de 2018, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones. Ello, considerando que sus sobres S 2 , “Antecedentes Técnicos”, y S 3 , “Antecedentes Legales”, presentan enmendaduras en la fecha de recepción que no fueron salvadas por el ministro de fe respectivo y que impiden verificar el cumplimiento del referido plazo, lo que tampoco es posible de inferir de otro antecedente del expediente administrativo. Sin perjuicio de lo anterior, y acorde con lo previsto en los artículos 18, inciso tercero, de la ley N° 19.880, y 8° de la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República -que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón-, procede que esa Secretaría de Estado adopte las medidas que sean pertinentes a efectos que, en lo sucesivo, los expedientes de sus actos administrativos se encuentren debidamente foliados y contengan la totalidad de los documentos presentados por los interesados, por terceros y por otros órganos públicos, con expresión de la fecha y hora de su recepción, respetando su orden de ingreso, lo que no aconteció en esta oportunidad. Asimismo, y conforme a la citada preceptiva, dichos expedientes deberán incorporar las actuaciones, documentos y resoluciones que ese servicio remita a los interesados, a terceros o a otros órganos públicos, así como las notificaciones y comunicaciones a que éstas den lugar, con expresión de la fecha y hora de su envío, en estricto orden de ocurrencia o egreso. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División