Dictamen N° 12216/2010
N° 12.216 Fecha: 05-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Leandro Miret Rojas, para solicitar un pronunciamiento que reconozca el derecho que, a su juicio, le otorgaría la ley N° 19.992 para financiar el curso de postgrado que indica. Requerida al efecto, la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile manifiesta, en síntesis, que según lo señalado por la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, no resulta posible acceder a lo solicitado por el reclamante. Sobre el particular, cabe manifestar que el mencionado texto legal, aplicable al caso planteado, dispone en su artículo 11, que el Estado garantizará la continuidad gratuita de los estudios, sean de nivel básico, medio o superior, a aquellas personas señaladas en sus artículos 1° y 5°, que por razón de prisión política o tortura, vieron impedidos sus estudios. Por su parte, el artículo 13 del mismo cuerpo normativo, preceptúa que las personas que soliciten continuar sus estudios de enseñanza superior en instituciones de educación superior estatales o privadas reconocidas por el Estado, tendrán derecho al pago de la matrícula y del arancel mensual, cuyo costo será de cargo del Fondo de Becas de Educación Superior del Ministerio de Educación. En armonía con lo expuesto, este Organismo de Control, mediante el dictamen N° 62.306, de 2008, concluyó que el financiamiento otorgado por la ley en comento sólo está referido a aquellos estudios necesarios para la obtención de un título profesional o de un grado de licenciado, sin que pueda ser utilizado para cursar programas de postgrado, entendiéndose como tales los conducentes a los grados de Magíster o de Doctor. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, resulta forzoso concluir que al señor Miret Rojas no le asiste el derecho a financiar el postgrado que pretende con el beneficio estudiantil de la citada ley N° 19.992. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República