Dictamen N° 12302/2016
N° 12.302 Fecha: 16-II-2016 Doña Rosemary Escobar Huanchicay y don José Bustamente Rivera, directores, según afirman, de una asociación de funcionarios del Servicio de Registro Civil e Identificación, en Atacama, denuncian que el día 26 de octubre de 2015, a contar de las 8:00 horas, se habría impedido el ingreso a las dependencias de la sede de Copiapó del citado organismo, a los servidores que no estaban en una lista entregada por la directora regional del mismo, por orden del ministro del Interior. Añaden que se trata de una práctica antigremial que vulnera los derechos de los trabajadores de esa entidad. Precisan que esa denuncia se realiza con el fin de salvaguardar a los interesados de posibles represalias, adjuntado una nómina que suscribieron ante notario en la misma data en que habrían ocurrido los hechos antes descritos, con los nombres y firmas de los funcionarios que asistieron a trabajar en esa oportunidad. En su informe, el Servicio de Registro Civil e Identificación explica por medio de la resolución exenta N° 573, de 26 de octubre de 2015, de su Dirección Regional de Atacama, se dispuso para ese día y el siguiente un horario especial de salida para el personal de la oficina de Copiapó (9:00 horas), en razón de las condiciones ambientales producto de la remodelación de la mencionada sede, según se constata de ese documento, tenido a la vista. Además, adjunta copia del libro de control de asistencia del anotado mes de octubre, en el que aparecen registrando su ingreso y salida el día 26 todas las personas individualizadas en la nómina acompañada por los interesados, apreciándose que la señora Escobar Huanchicay y el señor Bustamante Rivera figuran firmando su entrada a las 8:00 y 8:30 horas, respectivamente. Así, del examen de la documentación acompañada y de lo informado por el organismo cuestionado, corresponde manifestar que los recurrentes no han aportado antecedentes que acrediten que las autoridades de esa entidad, ni ninguna otra, han adoptado medidas irregulares que hayan impedido el ingreso de los servidores a su lugar de trabajo, vulnerando sus derechos, como tampoco que hayan desplegado acciones antigremiales. Transcríbase a la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Registro Civil e Identificación y a la Contraloría Regional de Atacama. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República