Dictamen N° 12466/2013
N° 12.466 Fecha: 22-II-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a las resoluciones Nºs. 83, 84 y 85, todas de 2013, del Comando de Salud del Ejército, Hospital Militar de Santiago, que aprueban los contratos de suministro de fármacos que singularizan, en el entendido que constituyen una regularización de convenciones suscritas en septiembre del año 2011. Sin perjuicio de lo anterior, resulta necesario hacer presente que los anexos de los contratos, que se entienden formar parte integrante de ellos conforme a la cláusula primera de los acuerdos de voluntades que se aprueban, no son transcritos fielmente en los actos administrativos en estudio. En efecto, en los documentos que se examinan se contienen columnas con la cantidad estimada de fármacos para un año y su precio unitario, datos que no se reflejan en los anexos firmados que se adjuntan, situación que deberá corregirse en lo sucesivo. Asimismo, respecto de la resolución N° 85 en estudio, esta Contraloría General entiende que el acto administrativo sin tramitar que aprobó el contrato suscrito entre el Hospital Militar de Santiago y la empresa Laboratorio Sanderson S.A., a que se refiere el N° 2 de la parte resolutiva del documento en análisis, es la resolución N° 580, de 2011, y no la N° 577 allí mencionada. Atendido lo precedentemente expuesto se cursan los instrumentos señalados. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante