Dictamen N° 1253/2014
N° 1.253 Fecha: 08-I-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2016, conducido por su funcionario, señor Luis Miguel Vásquez Riveros, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 21 de julio de 2013, ese servidor, acompañado de otros empleados, concurrió en el citado vehículo a un domicilio particular ubicado en el km. 7 de la Ruta Q-61 R, en la comuna de Los Ángeles, con la finalidad de detener a un individuo acusado de agresión, una vez en el lugar, una persona que se encontraba en el interior de dicho inmueble, comenzó a golpear con un palo el referido móvil policial, resultando este con su parabrisas quebrado. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 403, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $115.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en la documentación tenida a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Luis Miguel Vásquez Riveros, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2016. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante