Dictamen N° 125549/2021
N° E125549 Fecha: 30-VII-2021 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que adjudica licitación pública para la ejecución de la obra “Reposición Ruta T-47 y T-45, sector Choshuenco – Riñihue, Tramo Dm 12.153,2 al Dm 22.000, en ruta T-45, comuna de Los Lagos, provincia de Valdivia, Región de Los Ríos”, en atención a las siguientes observaciones: 1.- Los antecedentes asociados al proyecto estructural, específicamente los planos “Disposición General (1 de 6)” de los puentes N°s 8, 11, 17 y 21, si bien aluden a que el suelo de fundación de los puentes N os 8, 11 y 17 corresponde al tipo II, y el del puente 21 al tipo I, no es posible determinar cuál de las reglas de la columna “Descripción” de la tabla 3.1004.308.B, del Volumen 3 del Manual de Carreteras vigente (MC) se aplicó en la especie para efectuar tales afirmaciones teniendo presente además, que no se acompaña el informe de mecánica de suelos que las sustenta. Por lo demás, en los planos “Disposición General 1/6” de los puentes N°s 8 y 17, se advierte que el diseño consideró la realización solo de una exploración de suelo, en circunstancias que la tabla 3.1002.403.A, del Volumen 3, del MC, recomienda a lo menos dos prospecciones para puentes entre 30 a 60 metros que posean un tramo. En la especie, dichos puentes tienen una longitud de 35 y 43 metros, respectivamente, con un solo tramo. 2.- No se adjuntan los planos de detalle del tablero ni de las vigas del puente N° 11, a fin de apreciar la distribución de la enfierradura de dicho tablero como la variación de las alturas de las vigas. Ello, resulta relevante, por las particularidades de la estructura, ya que en el plano “Disposición General (1 de 6)”, se aprecia que el tablero es más angosto en el centro del puente que en sus puntos de apoyo, lo que da cuenta de un cambio en la forma de la parte central respecto de sus apoyos. 3.- No se acredita que el proyecto cumpla con los parámetros de la resolución exenta Nº 2.837, de junio de 2017, de la Dirección de Vialidad -que agrega un nuevo Anexo 3.1000-A al Volumen Nº 3 del MC sobre criterios sísmicos para el diseño de puentes en Chile-, como son los topes sísmicos, las aceleraciones de diseño de placa de apoyo, las barras de anclaje vertical antisísmica, las placas de apoyo elastomérico, desplazamiento en juntas de dilatación, periodo fundamental del suelo y elementos del sistema de prevención de pérdida de apoyo para puentes esviados y curvos. 4.- Se desconoce el fundamento por el que durante la licitación no se accedió a la entrega del informe de mecánica de suelos de los cuatro puentes, si se considera que tal informe fue solicitado por los participantes en las preguntas 9, 37, 75, 93 y 102 de la serie de preguntas y respuestas. 5.- No se precisan las razones por las cuales el presupuesto oficial -$18.040.288.389- fue significativamente inferior a la del oferente adjudicado -$ 29.248.411.242-, ni el motivo de la tardanza en emitir la resolución del rubro, si al 27 de enero de 2021 se contó con los recursos en el ejercicio presupuestario actual. Saluda atentamente a Ud., Jorge Andrés Bermúdez Soto Contralor General de la República