Dictamen N° 12610/2011
N° 12.610 Fecha: 1-III-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director Regional de Vialidad de la Región de Los Lagos, para solicitar que se instruya un juicio de cuentas en contra de los funcionarios de ese servicio, señores Eduardo Lizama Obreque y Fabián Panes Manríquez, a fin de hacer efectiva la responsabilidad civil que les cabe por el daño causado al patrimonio fiscal, con motivo de un accidente de tránsito sufrido por el vehículo fiscal que se individualiza. Sobre el particular, cumple manifestar en primer término que toda la documentación atinente al caso deberá remitirse a la Contraloría Regional de Los Lagos, por ser la entidad encargada de iniciar el respectivo juicio de cuentas. Sin perjuicio de lo anterior, cumple manifestar que no consta en los antecedentes adjuntos que dichos funcionarios hayan sido notificados de la total tramitación de la resolución N° 53, de 2010, de ese origen, que les aplicó las medidas disciplinarias de censura y amonestación verbal, respectivamente, diligencia que resulta esencial para los efectos que interesan. Por otra parte, es indispensable, además, que esa autoridad informe en su petición de reparo, en términos claros y precisos, cuál es el monto específico de los perjuicios por los cuales deben responder los afectados, y que deben resarcirse a su costa. Del mismo modo, es menester que se indique el domicilio actual de los sumariados a fin de entablar la demanda y practicar las notificaciones de rigor. Finalmente, cabe destacar que de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, el plazo de caducidad para formular el reparo es de un año, contado desde el momento en que el sumario se encuentra afinado, es decir, a contar de la fecha en que el afectado es debidamente notificado del total trámite del acto administrativo sancionatorio. Acorde con lo expuesto, se devuelve a esa Superioridad la documentación remitida. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República