Dictamen N° 12692/2019
N° 12.692 Fecha: 09-V-2019 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueban las bases administrativas, técnicas y sus respectivos anexos, para la licitación pública para la adquisición de unidades dentales que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, es necesario que en la etapa de aclaraciones, esa entidad precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración que, sin perjuicio de lo señalado en el punto N° 1.3.2 de las bases administrativas y en los respectivos anexos, no podrán contratar con la Administración quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973 (aplica oficio N° 2.493, de 2019). En la misma oportunidad, deberá explicitar el puntaje que se asignará al oferente que no cumpla con lo dispuesto en el cuadro contenido en el N° 1, del numeral 2.5.2.1 referente al criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”, lo que se ha omitido indicar en el aludido numeral. Finalmente, en relación con lo señalado en el párrafo final del N° 1.4.9 del pliego de condiciones, procede indicar que ante eventuales atrasos en los pagos la entidad licitante deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 2° bis y 2° ter de la ley N° 19.983, modificada por la ley N° 21.131. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General Subrogante