Dictamen CGR

Dictamen N° 12774/2013

2013-02-26 · Municipalidades y administración local y regional · general · Vigente
Sumario. Representa la resolución Nº 141, de 2012, del Gobierno Regional Metropolitano, que aprueba el convenio de transferencia que indica

N° 12.774 Fecha: 26-II-2013 Esta Entidad de Control se abstiene de dar curso a la resolución Nº 141, de 2012, del Gobierno Regional Metropolitano, que aprueba un convenio de transferencia suscrito entre el Gobierno Regional Metropolitano y la Municipalidad de Alhué, para la ejecución del proyecto denominado “Mejoramiento Calle 5 de Abril, Villa Alhué, Comuna de Alhué”, por cuanto no se ajusta a derecho. Al respecto, cabe precisar que por tal instrumento el indicado Gobierno Regional transfiere a la Municipalidad de Alhué $393.760.000, imputando $98.440.000, correspondiente al 25% del monto total del convenio, al subtítulo 33, ítem 03, asignación 150 “Municipalidades”, de la Partida 05, Capítulo 73, Programa 02 “Inversión Regional Región Metropolitana”, de la ley N° 20.557, de Presupuestos del Sector Público para el año 2012. Pues bien, de los antecedentes tenidos a la vista aparece que los recursos destinados a financiar la actividad anteriormente señalada tienen su origen en el artículo cuarto transitorio de la ley N° 20.378, que crea un Subsidio Nacional para el Transporte Público Remunerado de Pasajeros. La mencionada disposición otorga a los gobiernos regionales, hasta el año 2016, un aporte especial para el transporte y la conectividad por el monto que expresa, para lo cual “se constituirá una provisión especial con su correspondiente glosa en el presupuesto anual de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior”. Añade, en su inciso cuarto, que con cargo a dicho programa se podrán financiar, entre otros, gastos e inversiones destinados a infraestructura para el transporte en general, tales como, mejoras viales, semaforización, paraderos, terminales de pasajeros o de locomoción colectiva y proyectos que favorezcan el transporte no motorizado, así como también inversiones distintas a las señaladas expresamente, las que se deberán fundar en su relevancia para la región, finalidades dentro de las que se enmarca el referido proyecto. Ahora bien, la citada Ley de Presupuestos destinó la totalidad de los caudales provenientes de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo -ascendentes a $9.617.382 miles- a la glosa 03 del Programa 02 del Gobierno Regional Metropolitano, disponiendo que deben ser utilizados de acuerdo a lo señalado en el artículo cuarto transitorio de la ley N° 20.378. Sin embargo, ella resulta aplicable únicamente al subtítulo 31 y no al subtítulo 33, al cual han sido imputados los fondos que se transfieren. En consecuencia, y atendido que esta Contraloría General no cuenta con antecedentes que le permitan verificar que la referida glosa fue reducida, incrementando el anotado subtítulo 33, o que este último haya sido aumentado con recursos provenientes de la provisión especial de la señalada Subsecretaría a que se ha hecho mención, no procede imputar la parte del desembolso anteriormente indicada a la aludida asignación de la ley N° 20.557, de Presupuestos del Sector Público para el año 2012. En mérito de lo expuesto, se representa la resolución N° 141, de 2012, del Gobierno Regional Metropolitano. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República