Dictamen N° 127886/2021
Nº E127886 Fecha: 09-VIII-2021 El Servicio de Salud Metropolitano Occidente, solicita instrucciones respecto del levantamiento de bienes de uso de cada establecimiento de su dependencia a fin de dar cumplimiento con la implementación de la norma NICSP-CGR para el año 2021. Al respecto, la entidad recurrente señala que la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 ha impedido que los hospitales puedan generar la actualización de la toma de inventario general, ya que cuentan con accesos más complejos a áreas restringidas tales como unidades de cuidados intensivos y salas de esterilización. Sobre la materia, la norma específica de Bienes de Uso, de la resolución N° 16, de 2015, de este origen, que aprueba la Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación NICSP – CGR Chile, establece los requisitos para efectuar el reconocimiento y la baja de dichos activos. A su vez, el Marco Conceptual de la citada resolución N° 16, en el criterio de Equilibrio entre Beneficio y Costo, establece, en lo que interesa, que la aplicación de la restricción costo beneficio involucra la evaluación de si los beneficios de presentar información probablemente justifican los costos incurridos para suministrar y utilizar esa información, y que al realizar esta evaluación, es necesario considerar si una o más características cualitativas pueden sacrificarse en algún grado para reducir costos. Sobre la materia, también es pertinente señalar que el proceso de toma de inventario general fue una práctica recomendada por esta Entidad de Control durante el periodo de implementación de la normativa contable vigente, pero que dicho proceso debió finalizar a más tardar el año 2018, correspondiendo, en la actualidad, aplicarse los procedimientos que establece la norma en régimen. Indicado lo anterior, significa que la responsabilidad primaria de los servicios públicos consiste en efectuar un oportuno registro de las incorporaciones, bajas y traslados de bienes de uso, con lo que se mantendría un inventario actualizado de dichos activos. Sin perjuicio de lo anterior, es una buena práctica efectuar inventarios periódicos con el propósito de comprobar la consistencia de los registros y corregir eventuales diferencias. En conclusión, el Servicio de Salud Metropolitano Occidente debe tomar las medidas correspondientes para el adecuado registro de sus bienes de uso, efectuando procesos de toma de inventario en la medida que se amerite y no involucre un excesivo costo o riesgo, en atención al contexto sanitario nacional. Saluda atentamente a Ud., Por Orden del Contralor General Maria Soledad Frindt Rada Jefa de División de Contabilidad y Finanzas Públicas