Dictamen N° 12856/2014
N° 12.856 Fecha: 20-XII-2014 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto Nº 1.727, de 2013, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el destino de los recursos donados al Fondo Nacional de la Reconstrucción, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe señalar que en la especie no se ha acreditado el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13, en relación con los artículos 10, numeral 1°, 11 y 12 del decreto N° 662, de 2010, del Ministerio de Hacienda -que aprueba el reglamento sobre la administración y destino de las donaciones y otras contribuciones efectuadas de conformidad a la ley N° 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe-, en cuanto exige que el decreto supremo de la referida Secretaría de Estado que determine el destino de los recursos donados al mencionado fondo, que no hubieren sido destinados a una obra específica por el aportante, considere la propuesta que sobre la materia formule el Comité Asesor establecido en el inciso segundo del artículo 5° de dicho texto reglamentario. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo señalado. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante