Dictamen N° 12929/2011
N° 12.929 Fecha: 02-III-2011 La Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño ha remitido a esta Contraloría General, por corresponderle su conocimiento, la presentación efectuada ante esa repartición por doña Fresia Alejandra Peña Fuenzalida, ex funcionaria del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, en la que solicita la revisión de la determinación de este último servicio en orden a no renovar su contrata, decisión que, en su opinión, resulta arbitraria. Al respecto, cumple con señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir un pronunciamiento relativo a la situación planteada por la señora Peña Fuenzalida, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de este Ente Contralor, en relación con el inciso tercero del artículo 54 de la ley N° 19.880, de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, a esta Entidad no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la especie, puesto que, sobre la misma materia la afectada interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol N° 8165-2010, la que se encuentra en actual tramitación. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República