Dictamen N° 13008/2010
N° 13.008 Fecha: 11-III-2010 Esta Contraloría General ha tomado razón de la resolución N° 2, de 2010, de la Subsecretaría de Salud Pública, que aplica la medida disciplinaria de destitución a don Jaime Amador Muñoz Sáez, como consecuencia del sumario administrativo ordenado instruir por resolución exenta N° 508, de 2006, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Los Lagos, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, es dable señalar que conforme al artículo 156, inciso primero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, y las instrucciones impartidas al efecto por el oficio N° 48.097, de 2009, de esta Entidad Fiscalizadora, la sanción disciplinaria de destitución no puede hacerse efectiva desde treinta días antes y hasta sesenta días después del acto eleccionario, debiendo esa superioridad proceder a aplicarla, mediante la correspondiente notificación, sólo una vez vencido el indicado término. Con el alcance mencionado, se ha cursado el referido documento. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República