Dictamen N° 131356/2025
N° E131356 Fecha: 05-VIII-2025 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que dispone llamado a propuesta pública, aprueba bases de licitación y texto de contrato tipo para la contratación que indica, en el entendido que, considerando lo previsto en el artículo 14 de la ley N° 20.128, el contrato solo podrá celebrarse en la medida que se contemplen los recursos correspondientes en la ley de presupuestos respectiva, sin que resulte obligatorio el compromiso que se indica en la parte final del segundo párrafo del punto II.4 de las bases administrativas. Enseguida, en relación con lo previsto en el punto III.2 del pliego de condiciones, se entiende que la declaración que debe efectuarse conforme el formato adjunto como anexo 2.6, se extiende a todas las inhabilidades que pueden afectar a un proponente, y no solo para la indicada en el párrafo segundo, como pareciera desprenderse de su redacción. Por otra parte, resulta necesario que ese servicio precise, en la respectiva etapa de aclaraciones, el monto de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato a que se refieren los párrafos tercero y último del punto VIII.2.1 del pliego de condiciones, teniendo presente que de acuerdo con el artículo 11 de la ley N° 19.886 y el artículo 121 de su reglamento, esta se establece sobre la base del precio final neto ofertado por el adjudicatario. En otro orden de consideraciones, esa entidad deberá revisar la pertinencia de lo regulado en el punto XXII.4.4 de las bases administrativas y en el punto 2.3.4.4 de la cláusula segunda del modelo de contrato, en cuanto dispone que los servicios que indica estarán afectos a la tributación que señala del decreto ley N° 824, de 1974, sobre Impuesto a la Renta. Finalmente, en lo meramente formal, cabe consignar que el modelo de contrato utiliza respecto de diversas obligaciones la expresión “futuro contratista”, lo que no resulta procedente. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General