Dictamen N° 13208/2019
N° 13.208 Fecha: 16-V-2019 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Juan Ampuero Guentelican, exonerado político, quien solicita, por las razones que indica, la revisión y reliquidación de su pensión no contributiva. En su informe, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir el pertinente expediente previsional, manifestó, en síntesis, que tal pensión no contributiva, concedida mediante la resolución N° 937, de 2001, del ex Ministerio del Interior, se encuentra calculada sobre la base del grado 16 de la Escala Única de Sueldos, al que fue asimilado el cargo que aquel servía en la Ilustre Municipalidad de Ancud, a la fecha de su exoneración, agregando, en todo caso, que el plazo legal para revisarla se encuentra vencido. Luego, se debe expresar que ese instituto solicitó la devolución del referido expediente, lo que se realizó mediante el oficio N° 9.649, de 6 de abril de 2019, de este origen. Sobre el particular, cabe anotar que los incisos tercero y cuarto del artículo 4° de la ley N° 19.260, disponen, en lo que importa, que las prestaciones que indica son revisables de oficio o a petición de parte, en las situaciones en que se comprobaren diferencias en la computación de períodos de afiliación o servicios, en las remuneraciones imponibles consideradas para la determinación del sueldo base de pensión o, en general, cuando existiere cualquier error de cálculo o de hecho en la liquidación, dentro del plazo de tres años contado desde su otorgamiento o del respectivo reajuste, plazo que, acorde con lo señalado en el dictamen N° 60.395, de 2008, de este origen, entre otros, es aplicable a las pensiones no contributivas. Pues bien, en atención a que, en los antecedentes tenidos a la vista, consta que desde la data de otorgamiento de la prestación en cuestión, transcurrió en exceso el reseñado plazo de tres años, procede concluir que el término para revisarla está latamente vencido, por lo que se desestima su solicitud de reliquidación, conforme con lo resuelto por esta Entidad de Control, para una situación similar, en el oficio N° 29.993, de 2018, entre otros. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Diego Cartes Saavedra Jefe de Departamento Subrogante Departamento de Previsión Social y Personal