Dictamen CGR

Dictamen N° 13298/2012

2012-03-07 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa resolución 98/2012 del Instituto de Neurocirugía, por omitirse trámites esenciales en el proceso discipliario que afina

N° 13.298 Fecha: 07-III-2012 Esta Contraloría General se ha abstenido de dar curso a la resolución Nº 98, de 2012, del Instituto de Neurocirugía, que aplica la medida disciplinaria de destitución a doña Ingrid González Álvarez, funcionaria de dicho instituto, como consecuencia de la investigación sumaria instruida mediante la resolución exenta N° 1.149, de 2011, de ese organismo, por no encontrarse ajustada a derecho. Lo anterior, debido a que no aparece que al término de la indagación se hayan formulado cargos en contra de la inculpada, de acuerdo con la responsabilidad administrativa que se hubiera acreditado, como ordena el inciso tercero del artículo 126 de la ley N° 18.834, actuación que constituye un trámite esencial en el proceso, por cuanto, según lo establecido en el artículo 140 de ese mismo texto normativo, ningún funcionario podrá ser sancionado por hechos que no han sido materia de cargos. Asimismo, es dable hacer presente que la sanción disciplinaria de que ha sido objeto la anotada servidora, le fue notificada por carta certificada, sin que exista constancia en el expediente de haberse realizado las búsquedas previas a que alude el artículo 131 de la ley N° 18.834, que prevé que las notificaciones que se realicen en el proceso administrativo deberán hacerse personalmente y si esto no fuera posible, deberán efectuarse las búsquedas por dos días consecutivos en el domicilio particular del afectado o en su lugar de trabajo, y si no fuere habido, se le debe notificar por carta certificada dejando expresa constancia de esta actuación en el expediente de que se trata, procediendo en ambos casos, entregar al afectado copia íntegra de la resolución respectiva. En consecuencia, esta Entidad Fiscalizadora representa la resolución del rubro, atendido que no se cumplieron los trámites y actuaciones correspondientes al procedimiento que se afina por dicho acto administrativo, y cuya omisión afecta el derecho a un debido proceso. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República