Dictamen N° 13362/2010
N° 13.362 Fecha: 12-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Maritza Ortega S., asistente social del Capítulo Médicos Pensionados de Concepción, del Colegio Médico de Chile A.G., para solicitar la revisión de la situación previsional de doña Agnes Annie Argo Inch, médico, pensionada de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, especialmente, en lo que dice relación con la fecha a partir de la cual debe pagársele la diferencia producida con ocasión de la revisión de su pensión de retiro. Requerida al efecto, la Subsecretaría de Marina manifiesta, en síntesis, que a la señora Argo Inch se le pagaron las diferencias de pensión producidas desde el 10 de agosto de 2004 al 31 de octubre de 2009, en el mes de noviembre de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.515 del Código Civil y lo concluido por la jurisprudencia administrativa de este Ente Fiscalizador contenida, entre otros, en el dictamen N° 14.621, de 1998. Sobre el particular, cabe señalar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que mediante la resolución N° 1.042, de 1984, de la mencionada Subsecretaría de Marina, se concedió a la señora Argo Inch una pensión de retiro en el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, equivalente a 25/30 avos de la renta asignada a 4 horas funcionarias (22 semanales), incrementada con el 170% de 12 trienios, el 20% de sobresueldo por responsabilidad, por haber acreditado, al 1 de septiembre de dicho año, 23 años, 11 meses y 18 días de servicios efectivos en la Armada de Chile, más 1 año de abono por hijo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 187 del D.F.L. N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, antiguo Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, norma vigente a la época de su cese, y 12 años, 4 meses y 16 días de servicios computables para trienios, y haber obtenido su retiro con el grado jerárquico de médico, afecta al régimen de remuneraciones de la ley N° 15.076. Luego, con ocasión de una presentación efectuada por la ex funcionaria, el día 11 de agosto de 2009, se revisó su beneficio jubilatorio, detectándose que éste había sido reajustado erróneamente por la aludida Caja de Previsión de la Defensa Nacional, por lo cual se le requirió a fin de que regularizara su situación, lo que se produjo en el mes de noviembre de 2009, como se indicó precedentemente. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cumple esta Contraloría General con manifestar que la situación previsional de la señora Argo Inch se encuentra regularizada, en los términos expuestos. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República