Dictamen CGR

Dictamen N° 13367/2010

2010-03-12 · Salud pública y personal de salud · general · Vigente
Sumario. Sobre vicios de legalidad en concurso para acceder a cupos de programas de especialización efectuado por la subsecretaría de Redes Asistenciales

N° 13.367 Fecha: 12-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Hugo Alejandro Castillo Leiva, profesional funcionario de la Etapa de Destinación y Formación, con desempeño en el Hospital de Parral, para reclamar en contra de la resolución adoptada por la Comisión de Reposición del Proceso de Selección para acceder a cupos de programas de especialización del año 2010, la que, en su opinión, no le asignó la totalidad del puntaje que le correspondería en los diferentes rubros a ponderar en el certamen de que se trata. Requerido su informe, la Subsecretaría de Redes Asistenciales ha manifestado, en síntesis, que el llamado a concurso a que alude el recurrente, se efectuó con arreglo a las bases aprobadas por la resolución exenta N° 486, de 2009, de esa Secretaría de Estado. Añade, que en la postulación no se consideró el tiempo servido como contratado, de acuerdo con el artículo 9° de la ley N° 19.664, calidad que posee el interesado. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 8° del citado texto legal, señala que el ingreso a la Etapa de Destinación y Formación se efectuará mediante un proceso de selección objetivo, técnico e imparcial, que se desarrollará a nivel nacional a lo menos un vez al año. Agrega, que la comisión encargada de dicho proceso podrá considerar la aplicación de instrumentos de selección tales como oposición de antecedentes, pruebas, entrevistas, exámenes u otros que evalúen las competencias del postulante para el ejercicio del cargo. Tales instrumentos deberán ser públicos y abiertos a todo participante y tendrán carácter de nacional. Por su parte, el artículo 9° del cuerpo normativo en estudio, dispone, en lo pertinente, que los Directores de los Servicios estarán facultados para contratar directamente profesionales funcionarios en dicha Etapa, cuando circunstancias fundadas lo justifiquen en razón de necesidades del Servicio, en forma transitoria y por períodos determinados. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, consta que mediante la aludida resolución exenta N° 486, de 2009, la Subsecretaría de Redes Asistenciales llamó a un proceso de selección para acceder a cupos en programas de especialización para el año 2010, a los médicos contratados en la Etapa de Destinación y Formación de los Servicios de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8° de la ley N° 19.664. Luego, se debe indicar que el artículo 4° del mencionado acto administrativo, define como postulante al médico de la Etapa de Destinación y Formación contratado por el artículo 8° del cuerpo normativo en examen, añadiendo el artículo 7°, N° 2 de la citada resolución, como requisito del participante, el hecho de haber ingresado a la referida etapa mediante el proceso de selección que se regula en el aludido precepto legal, con contrato vigente, circunstancia, esta última, que se certificará en la forma que se establece en el anexo N° 3 de las bases en estudio. De lo expuesto, se infiere que los lapsos que pueden considerarse para el proceso de selección que nos ocupa, son aquellos que el profesional funcionario ha servido contratado de acuerdo con el artículo 8° de la ley N° 19.664. En consecuencia, la decisión adoptada por la Comisión de Reposición del Proceso de Selección para acceder a cupos de programas de especialización año 2010 en los Servicios de Salud, en orden a no considerar los tiempos durante los cuales el señor Hugo Castillo Leiva se desempeñó en calidad de contratado, de conformidad con el artículo 9° de la ley N° 19.664, se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, se debe hacer presente que la Subsecretaría de Redes Asistenciales informó que el recurrente ocupó el lugar N° 163 en el listado de puntaje definitivo, por lo que accedió al cupo de especialización N° 195 de Traumatología y Ortopedia en la Universidad de Santiago de Chile. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República