Dictamen N° 1338/2013
N° 1.338 Fecha: 08-I-2013 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de ejercer el control preventivo de legalidad respecto de la resolución N° 254, de 2012, del Servicio de Salud Metropolitano Norte, mediante la cual se aprueba el convenio entre esa entidad y la Municipalidad de Conchalí, referente al “Programa de Formación de Médicos Especialistas en la Atención Primaria en el Sistema Público de Atención de Salud”, toda vez que ese acto, atendida su materia, no se encuentra afecto a dicho trámite, de conformidad con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora, que Fija Normas Sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. En efecto, mediante el acuerdo de voluntades de que da cuenta el instrumento en estudio, el municipio señala mandatar al mencionado servicio para que utilice los fondos que este último aporta a las municipalidades para cumplir las funciones de atención primaria de salud, sin que ello involucre un aporte o transferencia de recursos, por lo que la imputación presupuestaria que se contiene en el punto 2 de la resolución en curso, resulta ser meramente referencial. Por consiguiente, se remite adjunto el mencionado documento, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la aludida resolución N° 1.600. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República