Dictamen N° 134576/2021
N° E134576 Fecha: 31-VIII-2021 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que regulariza lo obrado y aprueba convenio celebrado por trato directo para la ejecución de la “Perforación y habilitación de 3 pozos de emergencia con descarga al río Aconcagua, comuna de San Felipe, Región de Valparaíso – Batería 8”, por cuanto no se advierte el fundamento de lo dispuesto en el punto 2 de la Parte II del convenio, en cuanto autoriza a la Dirección de Obras Hidráulicas a retener de los estados de pago “valores necesarios para cubrir costos reclamados por los propietarios”, considerando que el Reglamento para Contratos de Obras Públicas regula expresamente las garantías que se pueden exigir para tales fines. Lo propio corresponde señalar respecto del punto 9 de la Parte I del convenio, y del resuelvo quinto del acto examinado, en cuanto exigen que el contratista extienda una boleta de garantía en favor de la concesionaria que indica. Por otra parte, el punto 6 de la Parte I del acuerdo, no se condice con el artículo 96 del aludido reglamento en lo que respecta a la oportunidad de entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, ni a la determinación del valor de la unidad de fomento, en que dicha garantía se expresa, la que, por lo demás, es diversa al valor que se expresa en el resuelvo quinto del acto en examen. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División