Dictamen N° 13559/2015
N° 13.559 Fecha: 18-II-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución del rubro, mediante la cual se aprueba la ampliación del contrato que se indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, en la especie se pretende modificar un acuerdo de voluntades que no se encuentra vigente, ya que el contrato que se viene enmendando expiró el 27 de septiembre de 2014, lo que, según aparece de los antecedentes que se adjuntan, habría sucedido con antelación a la suscripción del documento que se sanciona a través del acto administrativo de la suma. Además, no se señala el monto que se pagará con motivo de la modificación en comento, lo que constituye una cláusula esencial del respectivo convenio e incide en la determinación del monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Finalmente, y en lo meramente formal, cabe manifestar que en el resuelvo N° 1 no se transcribe el texto íntegro del convenio, que este carece de fecha y que la cláusula que se cita en el considerando 6 de la resolución en examen y en la cláusula sexta del acuerdo de voluntades es la undécima del contrato primitivo y no la que en cada caso se indica. En consecuencia, se representa el instrumento señalado. Transcríbase a la División de Auditoría Administrativa de esta Contraloría General de la República. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante