Dictamen N° 137424/2021
N° E137424 Fecha: 9-IX-IX Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba liquidación final del contrato “Obras de emergencia para la energización, habilitación, control y operación de las baterías de pozos de Curimón y Panquehue, Región de Valparaíso”, por cuanto el estado de pago N° 1 data del 30 de diciembre de 2020, en circunstancias que la resolución N° 55, de 2020, que aprobó el convenio de trato directo del contrato que se liquida, fue tomada razón el 10 de febrero de 2021, por lo que resulta necesario remitir antecedentes de la fecha efectiva del pago. Además, cabe objetar que las pólizas de seguro de responsabilidad civil ante terceros y contra todo riesgo de construcción incumplen las exigencias de monto establecidas en los puntos 7 y 8 del convenio de trato directo que originó la contratación que se liquida. Por otra parte, se omite adjuntar el informe final -exigido en el punto 13 del convenio de trato directo-, y los nueve informes semanales a que se alude en los reportes mensuales de abril y mayo de 2020. Luego, se requiere acreditar el cumplimiento de la capacidad nominal de generación de las plantas de Curimón y de Panquehue, conforme a lo exigido en los puntos N os 1.3 y 1.4 de la parte II -Condiciones técnicas para la construcción- del convenio ya citado. Finalmente, no se aprecian las razones por las que en el último de los informes remitidos -mayo de 2020- se consignan 3.129,4 y 1.783,25 horas de generación para los pozos de Curimón y Panquehue, respectivamente, lo que no se condice con las horas de generación anotadas en el presupuesto final de los trabajos y en el estado de pago único. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División