Dictamen N° 13799/2009
N° 13.799 Fecha: 17-III-2009 Mediante la presentación de la referencia, la Ministra de Planificación, ha consultado sobre los requisitos que deben cumplir las personas jurídicas sin fines de lucro que pueden ser consideradas como receptoras de las donaciones de que trata la ley N° 19.885, que norma el buen uso de donaciones de personas jurídicas que dan origen a beneficios tributarios y los extiende a otros fines sociales y públicos, y la forma en que tales requisitos deben ser acreditados. Al respecto, es menester señalar, de acuerdo con lo manifestado en informe adjunto de la división jurídica del Ministerio de Planificación, que la citada ley N° 19.885 y su reglamento, aprobado por el decreto N° 266, de 2004, del Ministerio de Planificación, contienen los elementos necesarios para establecer los requisitos, y forma de acreditarlos, que deben reunir las entidades susceptibles de ser incorporadas en el registro que regula el artículo 5° de dicha ley. Por consiguiente, esta Entidad de Control cumple con expresar que comparte las conclusiones del aludido informe.