Dictamen N° 14051/2010
N° 14.051 Fecha: 16-III-2010 Esta Contraloría General ha debido representar el decreto N° 23, de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que otorga concesión marítima menor a la persona que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, la fecha consignada en el N° 10 del decreto en estudio, que señala que la ocupación ilegal sobre los bienes usufructuados se inició a partir del 1 de julio de 1997, resulta contradictoria con lo que se expresa en el conglomerado informe técnico SIABC N° 19.873, en la solicitud del interesado y en el informe de 8 de abril de 2009, de un analista de la Región de Antofagasta, que aducen que dicha ocupación se verificaría desde noviembre de 2007, en el primer caso, y desde diciembre de 2007, en los dos últimos, lo que deberá aclararse. Por otra parte, se advierte que no se acompañan los planos en formato digital, tal como lo exige la letra b) del artículo 27, del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, reglamento sobre concesiones marítimas. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República